El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó que los mensajes, notas de voz, fotos y videos enviados por WhatsApp pueden ser usados como evidencia en procesos judiciales en Venezuela.
En la sentencia N° 19, emitida el 12 de febrero de 2024, la Sala de Casación Civil estableció que los mensajes de datos impresos tienen el mismo valor probatorio que las copias fotostáticas simples. Esto significa que pueden ser desvirtuados mediante otros medios de prueba, según lo estipulado en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
La decisión del TSJ surge tras revisar un caso en Monagas, en el cual una mujer solicitó la nulidad de un acuerdo que disfrazaba un préstamo de $14.000 como una compraventa de inmueble. La Sala determinó que hubo una «simulación» y ordenó anular el pacto, basándose en conversaciones de WhatsApp entre la demandante, su hija y el demandado.
El fallo se alinea con la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, que otorga a los mensajes digitales la misma eficacia probatoria que documentos físicos. Desde Acceso a la Justicia, señalan que esta ratificación ofrece claridad a jueces y abogados, fortaleciendo la estabilidad del sistema judicial y permitiendo a los ciudadanos prever las implicaciones legales de sus comunicaciones digitales.
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