Conozca la regulación para la circulación de vehículos de carga

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El medio digital El Periodiquito informó que este 3 de agosto quedó establecido en la Gaceta Oficial Número 42.425 los horarios para regular la circulación de vehículos de carga en todo el territorio del país.

La información fue dada a conocer por el viceministro de Transporte Terrestre en Venezuela de la administración oficialista, Claudio Farías, en su cuenta en la red social Twitter. Dicha resolución corresponde a los transportes de carga, los cuales deberán regirse por horarios para transitar.

¿QUÉ ESTABLECE LA GACETA OFICIAL SOBRE LA REGULARIZACIÓN DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA?

De acuerdo a lo dicho por Farías, esta medida responde a velar “por (la) seguridad vial y con la finalidad de disminuir los riesgos de accidentes y el congestionamiento de tránsito”.

El artículo 1 reza: “Se prohíbe la circulación de vehículos de carga con peso bruto vehicular igual o superior a los 3.5O0 KG”.

De igual modo, se lee que todas las personas naturales y jurídicas propietarias y conductores de vehículos dedicados al “Transporte Terrestre de Carga” deben cumplir con los horarios establecidos.

RESTRICCIÓN DÍAS LABORABLES (LUNES A VIERNES)

Para el acceso al área metropolitana de Caracas, el cronograma será de 6 a 9 de la mañana; luego de 5 a 7 de la noche, y estarán habilitadas:

  • La autopista regional del centro. (tramo Miranda- Tazón- Caracas)
  • Autopista Gran Mariscal de Ayacucho Guatire – Guarenas – distribuidor metropolitano de caracas- petare (vía autopista)
  • Carretera Panamericana en toda su extensión en ambos sentidos (tramo Coche – Los Teques – Tejerías).
  • La Guaira – avenida Sucre (vía autopista).

RESTRICCIÓN DÍAS DOMINGOS Y NO LABORABLES (FERIADOS)

Para el tránsito al área metropolitana de Caracas, el horario es de 1 de la madrugada los días domingos y festivos no laborables hasta la 1 de la mañana del día siguiente laborable. Estarán habilitados los siguientes accesos:

  • La autopista regional del centro
  • Calabozo San Juan de Los Morros
  •  Valera — La Puerta — Negrilla – Timotes – Apartadero – Mérida (troncal 07).
  • Estado Nueva Esparta
  • Barquisimeto – Acarigua  San Carlos – Valencia.
  • Valencia – Puerto Cabello – Morón – San Felipe, Chivacoa
  • Puerto Cabello — Tucaca — Coro
  • Carretera Panamericana
  • Carora — El Venado – Santa Rita
  • Ciudad Bolívar — Maripa — Caicara del Orinoco – Puerto Ayacucho, desde: Ciudad Bolívar — Puerto Ordaz – Upata- Guasipati – El Callao — Tumeremo – El Dorado- Santa Elena de Uairén
  • Maturín — El Rosario — Mata Negra
  • Mérida El Vigía Santa Bárbara.
  • Y el resto del territorio nacional, solo se excluye el trayecto por rutas urbanas.

Para el Tramo Troncal que conforma la avenida Boyacá (Cota Mi) la restricción a la que hace referencia la resolución será las veinticuatro (24) horas del día los 365 días del año. Y está dirigido a los vehículos con carga peso bruto igual o superior a los 3.500 kilogramos.

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