La presidenta encargada, Delcy Rodríguez, promulgó la nueva Ley Orgánica de Minas, aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional el 9 de abril, en un acto en Miraflores donde volvió a agradecer a Donald Trump y a su secretario de Estado Marco Rubio por la “buena disposición” en el acercamiento entre Caracas y Washington. La norma deroga la Ley de Minas de 1999 y la Ley de Reserva de 2015 sobre oro y minerales estratégicos, y se convierte en el texto base para toda la actividad minera en Venezuela.
Desde el discurso oficial, la nueva ley se presenta como un “instrumento fundamental para modernizar, regular y potenciar la minería”, fortalecer la seguridad jurídica, atraer inversiones extranjeras y ordenar el sector bajo un modelo de gestión “moderno” con supuestos estándares de protección ambiental. Pero organizaciones civiles, expertos y redes eclesiales alertan que, por la velocidad con la que se tramitó, el texto deja vacíos alarmantes en materia de control de contaminación de aguas y suelos, justo en un país ya devastado por el Arco Minero del Orinoco.
La ley habla en términos generales de “desarrollo sostenible” y de prohibir ciertas sustancias contaminantes, pero no establece con claridad mecanismos obligatorios y previos para evaluar y contener el impacto ambiental de los proyectos mineros. Tal como han recordado especialistas en derecho ambiental, el artículo 129 de la Constitución exige que toda actividad capaz de degradar el ecosistema esté precedida por un estudio de impacto ambiental y sociocultural (EIA), con reglas precisas sobre su presentación, evaluación y seguimiento; sin embargo, el nuevo texto guarda silencio práctico sobre en qué fase del otorgamiento de licencias y concesiones deben presentarse esos estudios ni cómo se verificará su cumplimiento.
Un grupo de al menos 15 organizaciones civiles advirtió en un comunicado que la ley “prioriza la facilitación de negocios” sobre la protección de ecosistemas frágiles, como los de la Amazonía venezolana. Entre sus críticas centrales subrayan que los estudios de impacto no aparecen como requisito previo e ineludible para entregar concesiones, que no se exigen garantías financieras para la restauración de áreas intervenidas y que se elude un régimen estricto sobre el manejo de residuos tóxicos que terminan afectando ríos, embalses, acuíferos y suelos agrícolas.
El análisis publicado por especialistas en El Estímulo coincide: aunque la ley menciona el ambiente en términos declarativos, deja fuera puntos clave como la participación ciudadana, la consulta previa, libre e informada a pueblos indígenas —obligación derivada del Convenio 169 de la OIT— y el fortalecimiento real de instituciones ambientales con capacidad de inspección, sanción y cierre de proyectos. Esa combinación de trámite acelerado y reglas difusas abre la puerta a una expansión minera con poco control efectivo sobre la contaminación de aguas y suelos, justo cuando el gobierno vende la norma como “alineada con los estándares globales de minería responsable”.
Mientras Delcy Rodríguez muestra la nueva Ley de Minas como una pieza más del “modelo de desarrollo” impulsado de la mano de Estados Unidos y del capital extranjero, las ONG insisten en que, sin candados ambientales claros, auditorías independientes y transparencia sobre los proyectos, el país corre el riesgo de repetir —y profundizar— el patrón del Arco Minero: ríos envenenados, suelos degradados y comunidades sacrificadas a cambio de una apertura extractiva hecha a la carrera.

