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Sáb. Abr 25th, 2026

¡MILAGRO: UNA LEY “INCONSTITUCIONAL Y SELECTIVA” AHORA MUERE POR UN VEREDICTO IGUAL DE POLÍTICO! INCONSTITUCIONALIDAD Y SELECTIVIDAD: EL VEREDICTO QUE SEPULTÓ LA LEY DE AMNISTÍA EN VENEZUELA

La Ley de Amnistía en Venezuela terminó sepultada entre acusaciones cruzadas de inconstitucionalidad y aplicación selectiva, luego de que organizaciones de derechos humanos y expertos advirtieran que tanto su diseño como la forma en que el Ejecutivo anunció su “fin” vulneran la Constitución y el principio de igualdad ante la ley. El veredicto político y jurídico que la entierra combina dos críticas centrales: fue una norma usada a discreción, que no benefició a todas las víctimas de persecución, y su cierre fue decretado de forma arbitraria por Delcy Rodríguez, sin competencia para hacerlo.

Por un lado, ONG como Justicia, Encuentro y Perdón (JEP) venían denunciando desde inicios de abril que la amnistía se aplicaba de manera “selectiva”, dejando fuera a personas que cumplían los mismos supuestos que otros beneficiados. El caso del periodista Rory Branker, excluido de la medida, fue señalado por la organización como “prueba fehaciente” de que la ley se convirtió en un instrumento de revictimización, donde algunos salían libres mientras otros quedaban atrapados en causas penales idénticas. Según JEP, esto generó un “daño emocional profundo” y una vulnerabilidad agudizada para quienes siguieron siendo rehenes de una justicia discrecional.

Al mismo tiempo, la forma en que se anunció el final de la amnistía desató una ola de denuncias por inconstitucionalidad. El 23 de abrilDelcy Rodríguez declaró en cadena que la Ley de Amnistía “llega a su fin”, apenas dos meses después de su promulgación y sin que el texto legal establezca fecha de vencimiento. ONG como ProveaCofavic y la propia JEP recordaron que ningún vocero del Ejecutivo puede derogar una ley con una simple declaración: solo la Asamblea Nacional, mediante otra ley, o la Sala Constitucional del TSJ, a través de una sentencia de nulidad, tienen esa atribución.

Provea calificó la movida como una “medida arbitraria e inconstitucional”, subrayando que la derogatoria de una ley “no es competencia del Ejecutivo Nacional” y que esta decisión “no contribuye al proceso de convivencia y paz” que el propio gobierno dice promover. Cofavic, por su parte, advirtió que esta forma de cerrar la amnistía “genera daños irreparables” en quienes han sufrido violaciones de derechos humanos, al reforzar la sensación de que sus casos vuelven a quedar en el limbo.

En términos prácticos, el gobierno no aclaró qué ocurrirá con las solicitudes pendientes ni con las personas que podrían haber sido beneficiadas. Rodríguez se limitó a decir que los excluidos podrán ser atendidos por el Programa para la Paz y Convivencia Democrática y por la Comisión para la Reforma de la Justicia Penal, instancias que —según las ONG— no sustituyen las garantías legales que ofrece una ley de amnistía ni brindan seguridad jurídica.

Mientras tanto, el chavismo exhibe su propia cifra de resultados: el diputado Jorge Arreaza informó que hasta el 8 de abril unas 8.616 personas habrían sido beneficiadas por la amnistía, de las cuales 314 estaban encarceladas y el resto tenía medidas cautelares. Pero para las organizaciones de derechos humanos, estos números no borran el hecho de que la amnistía fue, desde el inicio, limitada, discrecional y usada como recurso de retórica política, más que como un mecanismo genuino para garantizar libertad plena a todos los presos por motivos políticos.

Al final, el “veredicto” que sepulta la ley no es una sola sentencia escrita, sino la combinación de dos conclusiones demoledoras:

  • Fue una amnistía selectiva, que no trató igual a quienes estaban en situaciones similares.
  • Y su cierre, decretado por el Ejecutivo, es inconstitucional, pues rompe la separación de poderes y retrocede en la progresividad de los derechos humanos.

Con la Ley de Amnistía convertida en un instrumento fallido, las ONG insisten en que el verdadero camino pasa por la liberación plena e inmediata de todas las personas privadas de libertad por razones políticas y por la derogación de las normas penales usadas para criminalizar la disidencia, más allá de leyes que nacen débiles y terminan enterradas por su propia lógica de discrecionalidad.

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